Anexamos tres (3) archivos en pdf “descargables” de la Superintendencia de Sociedades sobre registro de cesión de cuotas, renuncia al derecho de preferencia solo por unanimidad y cuándo puede actuar el representante legal suplente de una sociedad.
SS cpto-220-145018-16 Cesión de cuotas debe registrarse
SS OFICIO 220-150012 Renuncia unánime derecho preferencia
SS OFICIO 220-153760 Actuación RL suplente